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decreto 2238 de 2015

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 21 de Ley 909 de 2004, y CONSIDERANDO: Que uno de los pilares en los que se basa la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un nuevo país, es la educación. En este sentido, una de las apuestas del Gobierno nacional para mejorar las competencias y los resultados de los estudiantes consiste en incrementar el nivel

Considerando · 13 motivos

Que uno de los pilares en los que se basa la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un nuevo país, es la educación. En este sentido, una de las apuestas del Gobierno nacional para mejorar las competencias y los resultados de los estudiantes consiste en incrementar el nivel y la calidad de la formación de los educadores.

Que con el fin de alcanzar el anterior objetivo, el Ministerio de Educación Nacional ha venido liderando el Programa Todos a Aprender (PTA), anteriormente denominado Programa de Transformación de la Calidad Educativa, cuyo propósito principal es mejorar las condiciones de aprendizaje en las áreas de lenguaje y matemáticas de los estudiantes matriculados en instituciones educativas oficiales, entre los grados de transición y quinto de educación básica primaria;

Que para el desarrollo de dicho Programa, el Ministerio de Educación Nacional requirió de personal con perfiles especializados y destacados en temas relacionados directamente con la educación. Por esta razón, mediante los Decretos números 4974 de 2011 y 2761 de 2012, el Gobierno nacional creó empleos temporales en la planta de personal de dicha entidad, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 909 de 2004;

Que teniendo en cuenta el alcance y las finalidades del Programa Todos a Aprender (PTA), mediante el Decreto número 2709 de 2014, el Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2015 los empleos temporales creados por los Decretos números 4974 de 2011 y 2761 de 2012;

Que dadas las metas que se esperan alcanzar con el citado Programa en el presente cuatrienio, y con el objetivo de fortalecer y dar continuidad a la ejecución del mismo, se hace necesario prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2018 los empleos temporales previstos en los Decretos números 4974 de 2011 y 2761 de 2012, y crear cuarenta y seis cargos temporales adicionales;

Que lo anterior tiene sustento en lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, el cual faculta al Ministerio de Educación Nacional para crear empleos de carácter temporal en su planta de personal, con el fin de “desarrollar programas o proyectos de duración determinada”, siempre y cuando se apropien los recursos suficientes para cubrir el pago de salarios y prestaciones sociales y se cuente con justificación técnica;

Que revisada la planta temporal del Programa Todos a Aprender (PTA), se concluyó que dos cargos de profesional especializado Código 2028 Grado 22, asignados al componente de condiciones básicas, que en la actualidad se encuentran vacantes, pueden ser suprimidos, pues la Dirección de Cobertura y Equidad del Ministerio de Educación Nacional es competente para ejercer, mediante los diferentes programas que ejecuta, las funciones previstas para dichos cargos;

Que dentro de la distribución interna de los recursos de inversión asignados por el Departamento Nacional de Planeación al Ministerio de Educación Nacional, existe una partida presupuestal apropiada, que forma parte del rubro de Mejoramiento de la calidad de la educación básica y media, destinada a la financiación de la planta temporal que se requiere para el funcionamiento del Programa Todos a Aprender (PTA);

Que los recursos asignados para sufragar los dos cargos de profesional especializado Código 2028 Grado 22 que serán suprimidos contribuirán a financiar el presupuesto requerido para el aumento de la planta temporal que se establece en el presente decreto;

Que en el ejercicio del Marco de Gasto de Mediano Plazo del Ministerio de Educación Nacional, se encuentra incluido el presupuesto con cargo al cual se imputarán los recursos necesarios para la financiación de la planta temporal hasta la vigencia 2018;

Que para los fines del presente decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió la respectiva viabilidad presupuestal;

Que de conformidad con lo dispuesto en Ley 909 de 2004 y el Capítulo I del Título I de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1083 de 2015, el Departamento Administrativo de la Función Pública emitió concepto favorable a la justificación técnica presentada por el Ministerio de Educación Nacional, para la creación de empleos temporales en su planta de personal;

Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Oficio número 20154320451191 del 29 de julio de 2015, emitió concepto favorable a la prórroga de la planta temporal de empleos del Ministerio de Educación Nacional, en el marco del proyecto de inversión de Mejoramiento de la Calidad de la Educación Preescolar, Básica y Media;

Artículo 1Modificación Del Artículo 1° Del Decreto Número 4974 De 2011, Modificado Por Los Decretos Números 2761 De 2012 Y 2709 De 2014

°. Modificación del artículo 1° del Decreto número 4974 de 2011, modificado por los Decretos números 2761 de 2012 y 2709 de 2014. Modifíquese el artículo 1° del Decreto número 4974 de 2011, modificado por los Decretos números 2761 de 2012 y 2709 de 2014, en el sentido de prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2018 todos los empleos temporales que actualmente conforman la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Educación Nacional para el desarrollo del Programa Todos a Aprender (PTA), creados por los artículos 1° del Decreto número 4974 de 2011, 2° del Decreto número 2761 de 2012 y 3° del presente decreto.

Artículo 2Supresión De Cargos Temporales

°. Supresión de cargos temporales. Suprímase de la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Educación Nacional para el desarrollo Programa Todos a Aprender (PTA), los siguientes cargos temporales:

Artículo 3Creación De Cargos Temporales

°. Creación de cargos temporales. Créanse en la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Educación Nacional para el desarrollo del “Programa Todos a Aprender (PTA)” , los siguientes cargos temporales hasta el 31 de diciembre de 2018:

Artículo 4Vigencia

°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 21 de Ley 909 de 2004, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Educación Nacional
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública