Micelio

decreto 2402 de 1990

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política

Artículo 1A Partir Del 15 De Octubre De 1990, Suprímense En El Consulado De Colombia De El Amparo-Venezuela, Los Siguientes Cargos: Un (1) Cargo De Cónsul De Segunda Clase, Grado Ocupacional 2 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Novecientos Setenta Y Dos Dólares Con 80/100 (Us$ 1

° A partir del 15 de octubre de 1990, suprímense en el Consulado de Colombia de El Amparo-Venezuela, los siguientes cargos: Un (1) cargo de Cónsul de Segunda Clase, Grado Ocupacional 2 EX, con una asignación básica mensual de un mil novecientos setenta y dos dólares con 80/100 (US$ 1.972.80), actualmente ocupado por el doctor Rafael Humberto Peña Flórez. Un (1) cargo de Auxiliar Administrativo 5 PA, con una asignación básica mensual de setecientos cincuenta y siete dólares con 90/100 (US$ 757.90), actualmente vacante.

Artículo 2A Partir Del 15 De Octubre De 1990, Suprímese El Consulado De Colombia En El Amparo-Venezuela

° A partir del 15 de octubre de 1990, suprímese el Consulado de Colombia en El Amparo-Venezuela.

Artículo 3A Partir Del 15 De Octubre De 1990, Créase El Consulado De Primera Categoría De Colombia En Guasdualito- Venezuela, Con Jurisdicción En El Estado De Apure, Excepto En Los Distritos De Pedro Camejo Y Zamora Del Estado De Barinas

° A partir del 15 de octubre de 1990, créase el Consulado de Primera Categoría de Colombia en Guasdualito- Venezuela, con jurisdicción en el Estado de Apure, excepto en los Distritos de Pedro Camejo y Zamora del Estado de Barinas.

Artículo 4A Partir Del 15 De Octubre De 1990, Créanse En El Consulado De Primera Categoría De Colombia En Guasdualito-Venezuela, Los Siguientes Cargos: Un (1) Cargo De Cónsul De Primera Clase, Grado Ocupacional 3 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Dos Mil Cuatrocientos Dieciocho Dólares Con 64/100 (Us$ 2

° A partir del 15 de octubre de 1990, créanse en el Consulado de Primera Categoría de Colombia en Guasdualito-Venezuela, los siguientes cargos: Un (1) Cargo de Cónsul de Primera Clase, Grado Ocupacional 3 EX, con una asignación básica mensual de dos mil cuatrocientos dieciocho dólares con 64/100 (US$ 2.418.64) y nómbrase para desempeñarlo al doctor Rafael Humberto Peña Flórez. Un (1) cargo de Auxiliar Administrativo 5 PA, con una asignación básica mensual de setecientos cincuenta y siete dólares con 90/100 (US$ 757.90).

Artículo 5Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 6Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público