El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales
Artículo 48Viáticos Consulares, La Suma De $ 5,000 Para Trasladarlos Al Capítulo 19, Artículo 47
Hágase en el Presupuesto de la actual vigencia el siguiente traslado. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Del capítulo 19, artículo 48. Viáticos consulares, la suma de $ 5,000 Para trasladarlos al capítulo 19, artículo 47. Viáticos diplomáticos 5,000 Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores