en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1538 de 17 de mayo de 2004
Artículo 1
º . Modifíquese el artículo 1º del Decreto 247 del 7 de febrero de 2005 así: Adscribir a la circunscripción del Consulado Honorario de Colombia en Curitiba, República Federativa del Brasil, el Estado de Tocantins. La circunscripción quedará así: Consulado Honorario en Curitiba con circunscripción en los Estados de Paraná, Mato Grosso del Sur, Santa Catarina y Tocantins.
Artículo 2
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese , comuníquese y cúmplase.