El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades legales
Artículo 1Suprímese El Cargo De Secretario-Contador De La Interventoría De Las Obras Públicas Nacionales Del Departamento De Caldas
° Suprímese el cargo de Secretario-Contador de la Interventoría de las Obras Públicas Nacionales del Departamento de Caldas.
Artículo 2Suprímese El Cargo De Ayudante Del Farmacéutico De La Zona De Carreteras Nacionales De Bogotá
° Suprímese el cargo de Ayudante del Farmacéutico de la Zona de Carreteras Nacionales de Bogotá.
Artículo 3Créanse Los Cargos De Secretario Y De Contador Jefe De Estadística De La Interventoría De Las Obras Públicas Nacionales Del Departamento De Caldas, Con Una Asignación Mensual De Trescientos Pesos ($ 300) Cada Uno
° Créanse los cargos de Secretario y de Contador Jefe de Estadística de la Interventoría de las Obras Públicas Nacionales del Departamento de Caldas, con una asignación mensual de trescientos pesos ($ 300) cada uno.
Artículo 4Los Sueldos De Los Cargos Que Se Crean Por El Presente Decreto Se Cubrirán En La Misma Forma Y Con Los Mismos Fondos Con Que Se Pagan Los Sueldos De Los Demás Empleados De Dicha Interventoría
º Los sueldos de los cargos que se crean por el presente Decreto se cubrirán en la misma forma y con los mismos fondos con que se pagan los sueldos de los demás empleados de dicha Interventoría. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas