Decreto
Decreto 834 de 2022
por el cual se establece la celebración del “Día de la Población Campesina”.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establézcase El Primer Domingo Del Mes De Junio De Cada Año Como El “día De La Población Campesina”, El Cual Se Celebrará En Todos Los Municipios Del País2Corresponderá Al Alcalde De Cada Municipio, Con La Colaboración De Los Funcionarios Públicos De La Administración Local Y De Las Entidades Vinculadas Y Adscritas Del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero Y De Desarrollo Rural, O Quienes Hagan Sus Veces, La Elaboración De Programas Especiales Para Exaltar Los Méritos De La Población Campesina De Su Jurisdicción3Los Gobernadores Y Alcaldes, O Quienes Hagan Sus Veces, Adoptarán Las Decisiones Necesarias Para El Mayor Realce De La Celebración Del Día De La Población Campesina Del Que Trata Este Decreto4°
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