Artículo 1Modifíquese El Artículo 3° Del Decreto 602 De 2007, En El Sentido De Indicar Que La Asignación Básica Mensual Del Cargo De Director General Grado 14 Del Senado De La República, Será La Misma Que Perciba El Secretario General Del Senado De La República Grado 14
°. Modifíquese el artículo 3° del Decreto 602 de 2007, en el sentido de indicar que la asignación básica mensual del cargo de Director General Grado 14 del Senado de la República, será la misma que perciba el Secretario General del Senado de la República Grado 14.
Artículo 2El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 602 De 2007
°. El presente decreto surte efectos fiscales a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 602 de 2007.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública