Artículo 1Desagréguese De La Comprensión Municipal Del Círculo Notarial De Neiva - Departamento De Huila, El Siguiente Municipio:
°. Desagréguese de la comprensión municipal del Círculo Notarial de Neiva - Departamento de Huila, el siguiente municipio:
Artículo 2La Nueva Comprensión Municipal Del Círculo Notarial De Neiva - Departamento De Huila Quedará, Así:
°. La nueva comprensión municipal del Círculo Notarial de Neiva - Departamento de Huila quedará, así:
Artículo 3Créase El Círculo Notarial En El Municipio De Rivera - Departamento De Huila, Cuya Comprensión Municipal Y Categoría Será La Siguiente:
°. Créase el Círculo Notarial en el municipio de Rivera - Departamento de Huila, cuya comprensión municipal y categoría será la siguiente:
Artículo 4Créase La Notaría Única En El Círculo Notarial Del Municipio De Rivera, Departamento De Huila, De Tercera Categoría
°. Créase la Notaría Única en el Círculo Notarial del municipio de Rivera, Departamento de Huila, de tercera categoría.
Artículo 5La Superintendencia De Notariado Y Registro Verificará Que El Local En Donde Funcione La Notaría Única Del Círculo Notarial De Rivera - Huila, Reúna Las Condiciones Exigidas Para La Excelente Prestación Del Servicio
°. La Superintendencia de Notariado y Registro verificará que el local en donde funcione la Notaría Única del Círculo Notarial de Rivera - Huila, reúna las condiciones exigidas para la excelente prestación del servicio. En observancia de lo dispuesto en el artículo 159 del Decreto Ley 960 de 1970.
Artículo 6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.