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decreto 700 de 1922

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Artículo 1

Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto: Decreto número 13 (abril 18), sobre liquidación del Presupuesto de gastos de la Comisaría Especial de La Goajira, en la vigencia fiscal de ,1º de enero a 31 de diciembre de 1922. El Comisario Espacial de La Goajira, en uso de sus facultades legales decreta:

Artículo 1La Partida De Doce Mil Pesos ($ 12,000) Oro Fijada En El Capítulo 18, Articulo 266 Parágrafo 6º Del Presupuesto De Rentas Y Gastos De La Vigencia En Curso Para Gastos De Personal Y Material De La Comisaría Especial De La Goajira, Se Distribuye Así: Capitulo 1º Comisaría Especial-Personal

º La partida de doce mil pesos ($ 12,000) oro fijada en el capítulo 18, articulo 266

Parágrafo 6

del Presupuesto de rentas y gastos de la vigencia en curso para gastos de personal y material de la Comisaría Especial de La Goajira, se distribuye así: CAPITULO 1º Comisaría Especial-Personal.

Artículo 2Sueldos De Los Empleados De La Comisaría En El Año Así: Parágrafo 1º Del Comisario A $ 140 Mensuales $ 1

º Sueldos de los empleados de la Comisaría en el año así:

Parágrafo 1

Del Comisario a $ 140 mensuales $ 1.680

Parágrafo 2

Del Secretario, a $ 75 mensuales 900

Parágrafo 3

Del Portero, a $ 15 mensuales 180 Pasan $ 2.760 Vienen $ 2.760 CAPITULO 2º Corregimientos-Personal.

Artículo 3De Los Sueldos De Los Empleados De Los Corregimientos, En El Año Así: Parágrafo 1º Del Corregidor De El Pájaro, A $ 36 Mensuales 432 Parágrafo 2º Del Secretario, A $ 23 Mensuales 276 Parágrafo 3º Del Corregidor De Carrizal, A $ 36 Mensuales 432 Parágrafo 4º Del Secretario, A $ 23 Mensuales 276 Parágrafo 5º Del Corregidor De Nazaret, A $ 36 Mensuales 432 Parágrafo 6º Del Secretario, A $ 23 Mensuales 276 Parágrafo 7º De Un Agente De Policía En Nazaret, A $ 25 Mensuales 300 Parágrafo 8º Del Corregidor De Casilletes, A $ 36 Mensuales Parágrafo 9º Del Secretario, A $ 23 Mensuales 276 Parágrafo 10

º De los sueldos de los empleados de los Corregimientos, en el año así:

Parágrafo 1

Del Corregidor de El Pájaro, a $ 36 mensuales 432

Parágrafo 2

Del Secretario, a $ 23 mensuales 276

Parágrafo 3

Del Corregidor de Carrizal, a $ 36 mensuales 432

Parágrafo 4

Del Secretario, a $ 23 mensuales 276

Parágrafo 5

Del Corregidor de Nazaret, a $ 36 mensuales 432

Parágrafo 6

Del Secretario, a $ 23 mensuales 276

Parágrafo 7

De un Agente de Policía en Nazaret, a $ 25 mensuales 300

Parágrafo 8

Del Corregidor de Casilletes, a $ 36 mensuales

Parágrafo 9

Del Secretario, a $ 23 mensuales 276

Parágrafo 10

Del Corregidor de Carraipía, a $ 36 mensuales 432

Parágrafo 11

Del Secretario, a $ 23 mensuales 276 CAPITULO 3º Gendarmería-Personal.

Artículo 4Para Sueldos Del Personal De La Gendarmería, En El Año, Así: Parágrafo 1º De Un Oficial Jefe De Gendarmes, A $ 30 Mensuales 360 Parágrafo 2º De Ocho Gendarmes, A $ 29 Mensuales Cada Uno 2

º Para sueldos del personal de la Gendarmería, en el año, así:

Parágrafo 1

De un Oficial Jefe de Gendarmes, a $ 30 mensuales 360

Parágrafo 2

De ocho Gendarmes, a $ 29 mensuales cada uno 2.780 CAPITULO 4º Material.

Artículo 5Para Atender Al Pago Del Material De Las Oficinas, En El Año Así: Parágrafo 1º Para Arrendamiento Del Local De La Comisaria Y La Gendarmería, A $ 6 Mensuales 72 Parágrafo 2º Para Arrendamientos De Locales De Nazaret Y Carrizal, A $ 2 Mensuales Cada Uno 48 Parágrafo 3º Para Útiles De Escritorio De La Comisaría, A $6 Mensuales 72 Parágrafo 4º Para Útiles De Escritorio De Cinco Corregimientos, A $ 2 Mensuales Cada Uno 144 Parágrafo 5º Para Agua Y Alumbrado De La Gendarmería, A $ 6 Mensuales 72 Parágrafo 6º Para Conducción De Presos, Hasta 150 Parágrafo 7º Para Viáticos De Los Empleados De La Comisaría Y Transporte De Gendarmes, Hasta 400 Parágrafo 8º Para Mobiliarios De Las Oficinas Del El Pájaro, Carrizal, Castilletes, Nazaret, Y Carraípía, A $ 40 Cada Uno 200 Parágrafo 9º Para Mástiles, Banderas, Drizas, Etc

º Para atender al pago del material de las oficinas, en el año así:

Parágrafo 1

Para arrendamiento del local de la Comisaria y la Gendarmería, a $ 6 mensuales 72

Parágrafo 2

Para arrendamientos de locales de Nazaret y Carrizal, a $ 2 mensuales cada uno 48

Parágrafo 3

Para útiles de escritorio de la Comisaría, a $6 mensuales 72

Parágrafo 4

Para útiles de escritorio de cinco Corregimientos, a $ 2 mensuales cada uno 144

Parágrafo 5

Para agua y alumbrado de la Gendarmería, a $ 6 mensuales 72

Parágrafo 6

Para conducción de presos, hasta 150

Parágrafo 7

Para viáticos de los empleados de la Comisaría y transporte de Gendarmes, hasta 400

Parágrafo 8

Para mobiliarios de las Oficinas del El Pájaro, Carrizal, Castilletes, Nazaret, y Carraípía, a $ 40 cada uno 200

Parágrafo 9

Para mástiles, banderas, drizas, etc. 100

Parágrafo 10

Para gastos electorales 96 CAPITULO 5°Obras Públicas.

Artículo 6Para Terminación Y Reparación De Edificios Nacionales, Así: Parágrafo 1° Para La Terminación Del Edificio De La Comisaria En San Antonio 600 Parágrafo 2° Para Reparación Del Edificio De La Comisaria En Castilletes 150 Capitulo 6º Para Gastos Imprevistos 150 $ 12

° Para terminación y reparación de edificios nacionales, así:

Parágrafo 1

Para la terminación del edificio de la Comisaria en San Antonio 600

Parágrafo 2

Para reparación del edificio de la Comisaria en Castilletes 150 CAPITULO 6º Para gastos imprevistos 150 $ 12.000 Sométese a la censura del señor Ministro de Gobierno. Dado en San Antonio a los 18 días del mes de abril de 1922. El Comisario Especial de La Goajira, R.A. Palacio Lavalle -El Secretario de la Comisaría, Gabriel Pinedo C." Comuníquese y publíquese

Firmas

El Secretario de la Comisaría
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno