en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 2070 de junio 18 de 1948 se comisiono al ingeniero agrónomo señor Luis Guillermo Quintero para estudiar las modalidades agrícolas de Yucatán y Tabasco, en la República de México: Que el señor Quintero, en cumplimiento de su comisión ha encontrado de conveniencia para nuestra agricultura la importación a Colombia de algunas semillas cuya adquisición es posible en México
Considerando · 2 motivos
Que por Decreto número 2070 de junio 18 de 1948 se comisiono al ingeniero agrónomo señor Luis Guillermo Quintero para estudiar las modalidades agrícolas de Yucatán y Tabasco, en la República de México:;
Que el señor Quintero, en cumplimiento de su comisión ha encontrado de conveniencia para nuestra agricultura la importación a Colombia de algunas semillas cuya adquisición es posible en México;
Artículo 1
Artículo primero. Destinase la suma de ochocientos setenta y siete pesos cincuenta centavos ($ 877.50) moneda colombiana, o su equivalente en moneda de los Estados Unidos de América, para adquisición y envío de semillas de México a Colombia, suma ésta que será situada a la orden del ingeniero agrónoom Luis Guillermo Quintero en el Consulado de Colombia en Mérida, Yucatán, México, por conducto del Consulado General de Colombia en New York.
Artículo 2
El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se hará con cargo al Capítulo 55-A, artículo 508-23 del Presupuesto Nacional vigente.
Artículo 508-23 Del Presupuesto Nacional Vigente
Artículo segundo. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se hará con cargo al Capítulo 55-A, artículo 508-23 del Presupuesto Nacional vigente. Comuníquese y publíquese.