Micelio

decreto 595 de 1987

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el numeral 3º del artículo 90 de la Ley 75 de 1986

Artículo 1Las Asignaciones Básicas Mensuales Para Los Empleos Que Se Relacionan A Continuación, Serán Las Siguientes: Denominación Grado Asignación Básica ($) Presidente De La Comisión Nacional De Valores 05 273

º Las asignaciones básicas mensuales para los empleos que se relacionan a continuación, serán las siguientes: DENOMINACIÓN Grado Asignación básica ($) Presidente de la Comisión Nacional de Valores 05 273.072 Secretario General de la Comisión Nacional de Valores 04 192.898 Jefe de División de la Comisión Nacional de Valores 03 183.655 Asesor de la Comisión Nacional de Valores 02 170.504

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Modifica En Lo Pertinente El Decreto Extraordinario 159 De 1987 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Marzo De 1987

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto extraordinario 159 de 1987 y surte efectos fiscales a partir del 1º de marzo de 1987.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el numeral 3º del artículo 90 de la Ley 75 de 1986
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Desarrollo Económico
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil