DecretoVigente
Decreto 2398 de 1947
por el cual se crea el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras Públicas, se suprimen unos cargos y se dictan otras disposiciones.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase El Departamento Jurídico Del Ministerio De Obras Públicas, Con Las Funciones, Personal Y Asignaciones Que Se Determinan En Los Artículos Siguientes2Son Funciones Del Departamento Jurídico Las Siguientes: 1ª Redactar Los Contratos, Minutas, Proyectos, Etc3El Departamento Jurídico Que Se Crea Por Este Decreto Estará Integrado Así: Un Abogado Jefe, Con Asignación Mensual De $ 650; Dos Abogados Ayudantes, Con Asignación Mensual De $ 500 Cada Uno; Un Secretario, Con Asignación Mensual De $ 2504El Abogado Jefe Del Departamento Jurídico Distribuirá Y Reglamentará El Trabajo Mediante Resolución Aprobada Por El Ministro5Suprímese Los Cargos De Abogado-Jefe Y Ayudante Del Abogado De La Sección Primera - Jurídica - Del Departamento De Negocios Generales, Y El Cargo De Abogado De Contratos, Dependiente De La Secretaría General Del Ministro De Obras Públicas6Los Sueldos Que Causa El Presente Decreto Se Pagarán Con Imputación Al Capítulo 91, Artículo 1863, Del Presupuesto De La Actual Vigencia Fiscal
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