Micelio

decreto 699 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

De la partida apropiada en el Capítulo 118, artículo 1581 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951, para la terminación de puentes y construcción de otros, hácese la siguiente distribución parcial para la ejecución de las siguientes obras:

Capítulo 118, artículo 1581.

Artículo 1581Del Presupuesto De La Vigencia Fiscal De 1951, Para La Terminación De Puentes Y Construcción De Otros, Hácese La Siguiente Distribución Parcial Para La Ejecución De Las Siguientes Obras: Capítulo 118, Artículo 1581

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 118, artículo 1581 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951, para la terminación de puentes y construcción de otros, hácese la siguiente distribución parcial para la ejecución de las siguientes obras: Capítulo 118, artículo 1581. Ordinal H). Para los puentes de las quebradas La Pau y La Llana en la carretera Socorro-San Vicente-Barranca, incluyendo la reparación del puente de Mamaruca, en la corretera Barbosa-Socorro. $ 140.000.00 Ordinal I). Para los puentes La Ceiba, La Floresta, Pailitas, Anime y Animito, en la carretera Troncal de Oriente, sector de La Mata Rincón llorido 120.000.00 Ordinal .J). Para los puentes Fundación, tucurinca y Tres vueltas en la carretera Troncal de Oriente, sector Fundación Ciénaga 170.000.00 Ordinal K). Para la reconstrucción del puente San Rafael, sobre el rio Pamplonita en la carretera Pamplona-Cúcuta. 200.000.00 Ordinal L). Para la terminación de los puentes sobre el río Seco y la quebrada Alcaparrosa en la carretera Guaduas-Honda 100.000.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas