Micelio

decreto 2396 de 1948

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1De Los Fondos Apropiados En El Artículo 1311, Capitulo 89 Del Presupuesto Nacional Vigente, Destinase La Suma De $ 1

° De los fondos apropiados en el artículo 1311, Capitulo 89 del Presupuesto Nacional vigente, destinase la suma de $ 1.422 para atender al pago de los sueldos del personal de la Escuela Complementaria "Antonia Santos", de Puente Nacional, correspondientes al mes de enero del presente año, así: Directora $ 216.00 Ecónoma 72.00 3 Profesoras de Cultura General, a $ 114 cada una 342.00 Profesor de Higiene y Enfermería 60.00 Profesor del Taller de Cortonería y Encuadernación 96.00 Jefe del Taller de Modistería, Corte y Confección y Bordado 96.00 Jefe del Taller de Sastrería, Corte y Confección 96.00 Jefe del Taller de Hilados. Tejidos y Tejidos de punto 96.00 Enfermera 36.00 Profesora de Música y Canto 48.00 Profesora de la Sección Preparatoria 108.00 Secretaria Habilitada 156.00 Suma $ 1.422.00

Artículo 2Los Sueldos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Se Pagarán Por Conducto De La Secretaría Habilitada De La Escuela Normal Regular Para Señoritas, De Puente Nacional, Previas Las Formalidades Legales

Articulo 2° Los sueldos a que se refiere el artículo anterior, se pagarán por conducto de la Secretaría Habilitada de la Escuela Normal Regular para Señoritas, de Puente Nacional, previas las formalidades legales. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional