Micelio

decreto 699 de 1921

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Artículo 1El Servicio De Encomiendas Postales Internacionales En La Administración Principal De Correos De Manizales, Se Atenderá Por El Personal Siguiente: Un Oficial Liquidador

° El Servicio de Encomiendas Postales Internacionales en la Administración Principal de Correos de Manizales, se atenderá por el personal siguiente: Un Oficial Liquidador. Un Ayudante Reconocedor; y Un Ayudante.

Artículo 2De Conformidad Con Las Autorizaciones Que El Poder Ejecutivo Confiere La Ley 121 De 1919, Se Fija En $ 7 0 El Sueldo Mensual Del Primero De Los Empleados De Que Trata El Precedente Artículo

° De conformidad con las autorizaciones que el poder Ejecutivo confiere la Ley 121 de 1919, se fija en $ 7 0 el sueldo mensual del primero de los empleados de que trata el precedente artículo. El Ayudante Reconocedor y el Ayudante en referencia, disfrutarán de las mismas asignaciones que actualmente tienen los dos Ayudantes del Oficial de Encomiendas Postales del Exterior de la misma Administración.

Artículo 3La Oficina O Sección Que Reorganiza Esta Providencia, No Tendrá El Carácter De Recaudadora De Impuestos, Y, Por Consiguiente, Ejercerá Sólo Las Funciones De Reconocimiento De Mercancías Y Liquidación De Gravámenes Legales

° La Oficina o Sección que reorganiza esta providencia, no tendrá el carácter de recaudadora de impuestos, y, por consiguiente, ejercerá sólo las funciones de reconocimiento de mercancías y liquidación de gravámenes legales.

Artículo 4Por El Ministerio Del Tesoro Se Practicará El Traslado Que Permita Atender El Aumento De $ 20 En Los Gastos Mensuales Del Servicio Que Este Decreto Reorganiza, Aumento Consistente En El Mayor Sueldo Asignado Al Oficial Liquidador

° Por el Ministerio del Tesoro se practicará el traslado que permita atender el aumento de $ 20 en los gastos mensuales del servicio que este Decreto reorganiza, aumento consistente en el mayor sueldo asignado al Oficial Liquidador. Comuníquese como corresponda y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho de Gobierno