Artículo 1Abrese El Crédito Estraordinario De Mil Pesos ($ 1,000) Al Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año De 1876 A 1877, Capítulo 7,° Artículo 6,° Para Cubrir Los Intereses Espresados
° Abrese el crédito estraordinario de mil pesos ($ 1,000) al Presupuesto nacional de gastos para el año de 1876 a 1877, capítulo 7,° artículo 6,° para cubrir los intereses espresados.
Artículo 2La Secretaría Del Tesoro I Crédito Nacional Describirá Las Operaciones Consiguientes En Las Cuentas Del Departamento Del Tesoro
° La Secretaría del Tesoro i Crédito nacional describirá las operaciones consiguientes en las cuentas del Departamento del Tesoro.
Artículo 3Dése Cuenta Al Congreso Nacional Para Los Efectos A Que Se Refiere El Artículo 1334 Del Código Fiscal
° Dése cuenta al Congreso nacional para los efectos a que se refiere el artículo 1334 del Código fiscal.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional