DecretoDerogado
Decreto 378 de 2016
por el cual se aplazan unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2016 y se dictan otras disposiciones.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Aplazar El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 2016, En La Suma De Seis Billones De Pesos ($62El Presente Decreto No Surte Efectos Fiscales Para Aquellas Apropiaciones Presupuestales Que Respalden Compromisos Adquiridos Con Cargo A Vigencias Futuras3El Presente Decreto No Surte Efectos Fiscales Para Aquellas Apropiaciones Presupuestales Indicadas En El Artículo 2°, Que Respalden Compromisos Adquiridos Con Cargo Al Presupuesto De La Vigencia Actual Debidamente Perfeccionados4Las Secciones Presupuesta Les Que Corresponden A Órganos Autónomos A Las Cuales Se Les Aplaza Un Monto Global Del Presupuesto De Gastos, Deberán Determinar Las Partidas Específicas Afectadas Con Tal Medida Y Comunicarlas Dentro De Los Quince (15) Días Siguientes A La Publicación Del Presente Decreto Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público - Dirección General Del Presupuesto Público Nacional5El Gobierno Nacional, Previo Concepto Del Consejo Superior De Política Fiscal (Confis), Podrá Sustituir Partidas Aplazadas Por Otras Que No Lo Están, Siempre Que Tengan El Mismo Efecto Fiscal6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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