Micelio

decreto 1821 de 1959

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que debido a la mala ubicación de la Escuela Vocacional Agrícola de Belalcázar (Cauca), se convino con la Oficina de Rehabilitación de la Presidencia de la República, la construcción en los terrenos de la Vocacional de la nueva Escuela Normal Rural, imposibilitando de hecho el funcionamiento de la Escuela Vocacional, la cual es necesario trasladar a otro sitio técnicamente localizado

Considerando · 1 motivo

Que debido a la mala ubicación de la Escuela Vocacional Agrícola de Belalcázar (Cauca), se convino con la Oficina de Rehabilitación de la Presidencia de la República, la construcción en los terrenos de la Vocacional de la nueva Escuela Normal Rural, imposibilitando de hecho el funcionamiento de la Escuela Vocacional, la cual es necesario trasladar a otro sitio técnicamente localizado;

Artículo 1

Artículo único . A partir del 1° de enero de 1960, suspéndese transitoriamente el funcionamiento de la Escuela Vocacional Agrícola de Belalcázar (Cauca). Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional