Artículo 1
Asígnase la suma de doce pesos ($ 12) por año, para gastos de material de la Administracion subalterna de Hacienda nacional de San Juan, imputable al Departamento de correos, capítulo 2,° artículo 3.° del Presupuesto para la vijencia económica de 1877 a 1878.
Artículo 3Del Presupuesto Para La Vijencia Económica De 1877 A 1878
Artículo único. Asígnase la suma de doce pesos ($ 12) por año, para gastos de material de la Administracion subalterna de Hacienda nacional de San Juan, imputable al Departamento de correos, capítulo 2,° artículo 3.° del Presupuesto para la vijencia económica de 1877 a 1878.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Guerra i Marina