en uso de sus atribuciones legales. y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en su sesión del día 16 de marzo del año en curso, autorizó al, Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministero de Obras Públicas, según consta en el actia respectiva
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas Departamento De Nariño
° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Departamento de Nariño. Capitulo 93: Del articulo 1697. Para la ampliación de la carretera Túquerres-Ampuyá, sector Santodomingo-Ampuyá, Ley 230 de 1938 $ 30.000.00 Del artículo 1698. Para continuación de la carretera Rosaflorida-Buesaco-San Lorenzo 21.000.00 De artículo 1728. Para la construcción de las obras de auto y terminación del carretable (camino de herradura), de Puerres-Guandes (Nariño), Ley 79 de 1939 20.000.00 Capítulo 94 Del articulo 1740. Para construcción del puente sobre el rio Carchi, en la carretera Ipiales-Las Lajas 20.000.00 Suman los contracreditos $ 91.000.00 Departamento de Nariño. Capitulo 93. Al articuló 1728-A. Para continuar la construcción de la carretera Quiña-Campamento-La Uníón- E1 Rosario $ 91.000.00 Suman los créditos $ 91.000.00
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
°. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.