Micelio

decreto 150 de 2012

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Artículo 1El Servidor Que Actualmente Desempeña El Cargo De Director De La Agencia Presidencial De Cooperación Internacional De Colombia Percibirá La Remuneración Mensual Y Las Prestaciones Sociales Que Por Todo Concepto Correspondan Al Cargo De Alto Consejero Presidencial, Mientras Permanezca En El Ejercicio De Este Empleo

°. El servidor que actualmente desempeña el cargo de Director de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia percibirá la remuneración mensual y las prestaciones sociales que por todo concepto correspondan al cargo de Alto Consejero Presidencial, mientras permanezca en el ejercicio de este empleo.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.