en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el artículo 56 del Decreto número 2113 de 1948, reglamentario del Decreto ley sobre creación del Instituto de Parcelaciones, Colonización y Defensa Forestal, dispuso pasar al Instituto, el Museo Forestal de la División de Tierras
Considerando · 2 motivos
Que el artículo 56 del Decreto número 2113 de 1948, reglamentario del Decreto ley sobre creación del Instituto de Parcelaciones, Colonización y Defensa Forestal, dispuso pasar al Instituto, el Museo Forestal de la División de Tierras; y;
Que la Junta Directiva del Instituto ha manifestado al Ministerio de Agricultura y Ganadería que, por consideraciones de orden técnico, sería conveniente que el Museo Forestal continuara dependiendo del Ministerio;
Artículo 1
Artículo único. Los elementos del Museo Forestal de la División de Tierras del Ministerio de Agricultura y Ganadería, se trasladarán para el servicio del Instituto de Biología, dependiente de la División de Agricultura del mismo Ministerio. Comuníquese y publíquese.