Micelio

decreto 2188 de 1947

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El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades legales

Artículo 1Modificase El Decreto Número 515 De 1947, En El Sentido De Aumentar De $ 40 A $ 45 Mensuales El Valor De Cada Una De Las Pensiones De 50 Alumnos Becados En La Escuela Industrial De Bogotá Y De $ 15 A $ 20 Mensuales El Valor De Cada Una De Las Pensiones De 39 Alumnos Becados Especiales En La Misma Escuela, A Partir Del 1º De Mayo Y Hasta El 30 De Noviembre Del Presente Año

º Modificase el Decreto número 515 de 1947, en el sentido de aumentar de $ 40 a $ 45 mensuales el valor de cada una de las pensiones de 50 alumnos becados en la Escuela Industrial de Bogotá y de $ 15 a $ 20 mensuales el valor de cada una de las pensiones de 39 alumnos becados especiales en la misma Escuela, a partir del 1º de mayo y hasta el 30 de noviembre del presente año.

Artículo 2De Los Fondos Trasladados Al Artículo 1223, Capítulo 74 Del Presupuesto Nacional Vigente, Por Decreto Número 1606 De 1947, Destinase La Suma De Tres Mil Ciento Quince Pesos ($ 3

º de los fondos trasladados al artículo 1223, capítulo 74 del Presupuesto Nacional vigente, por Decreto número 1606 de 1947, destinase la suma de tres mil ciento quince pesos ($ 3.115) para atender al pago del aumento del valor de las becas a que se refiere el artículo anterior. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional