Micelio

decreto 2677 de 1988

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política

Artículo 1º Modifícase El Artículo 2º Del Decreto Número 2120 De Fecha 12 De Octubre De 1988, En El Sentido Que Las Funciones Consulares En Guatemala Estarán A Cargo Del Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 Ex De La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Guatemala, Y No Como En La Citada Disposición Aparece

º Modifícase el artículo 2º del Decreto número 2120 de fecha 12 de octubre de 1988, en el sentido que las Funciones Consulares en Guatemala estarán a cargo del Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 EX de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Guatemala, y no como en la citada disposición aparece.

Artículo 2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público