En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que por deficiencias técnicas comprobadas, no pueden seguir funcionando las Escuelas Vocacionales Agrícolas de Tadó (Chocó), San Andrés (Santander), Pamplona (Norte de Santander), Aracataca (Magdalena) y Carmen de Atrato (Chocó).
Considerando · 1 motivo
Que por deficiencias técnicas comprobadas, no pueden seguir funcionando las Escuelas Vocacionales Agrícolas de Tadó (Chocó), San Andrés (Santander), Pamplona (Norte de Santander), Aracataca (Magdalena) y Carmen de Atrato (Chocó).
Artículo 1
A partir del 1° de enero de 1960 suspéndese, transitoriamente, el funcionamiento de las Escuelas Vocacionales Agrícolas de Tadó y Carmen de Atrato (Chocó), San Andrés (Santander), Pamplona (Norte de Santander) y Aracataca (Magdalena). Comuníquese y cúmplase.