en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
Artículo 1º A Partir Del 30 De Diciembre De 1988, Suprímese En El Consulado General De Colombia En Madrid, España, El Cargo De Un (1) Auxiliar Administrativo 10 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Cuatrocientos Setenta Y Un Dólar Con Sesenta Y Siete Centavos (Us$ 1
º A partir del 30 de diciembre de 1988, suprímese en el Consulado General de Colombia en Madrid, España, el cargo de un (1) Auxiliar Administrativo 10 PA, con una asignación básica mensual de un mil cuatrocientos setenta y un dólar con sesenta y siete centavos (US$ 1.471.67), cargo creado mediante el artículo 1º del Decreto número 2206 de fecha 25 de octubre de 1988, actualmente vacante.
Artículo 2º A Partir Del 30 De Diciembre De 1988, Créase En El Consulado General De Colombia En Madrid, España, El Cargo De Un (1) Auxiliar Administrativo 5 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Setecientos Treinta Y Cinco Dólares Con Ochenta Y Tres Centavos (Us$ 735
º A partir del 30 de diciembre de 1988, créase en el Consulado General de Colombia en Madrid, España, el cargo de un (1) Auxiliar Administrativo 5 PA, con una asignación básica mensual de setecientos treinta y cinco dólares con ochenta y tres centavos (US$ 735.83).
Artículo 3º Las Erogaciones Que Ocasiona El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores
º Las erogaciones que ocasiona el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 4º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.