Micelio

decreto 3064 de 1997

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con el Decreto-ley 1669 de 1997

Artículo 1Apruébase El Acuerdo Número 11 Del 22 De Octubre De 1997, Emanado Del Consejo Directivo De La Superintendencia De Notariado Y Registro, Cuyo Texto Es El Siguiente: “acuerdo Numero 11 De 1997 (Octubre 22) Por El Cual Se Suprimen Unos Cargos De La Planta De Personal De La Superintendencia De Notariado Y Registro

º. Apruébase el Acuerdo número 11 del 22 de octubre de 1997, emanado del Consejo Directivo de la Superintendencia de Notariado y Registro, cuyo texto es el siguiente: “ACUERDO NUMERO 11 DE 1997 (octubre 22) por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro. El Consejo Directivo de la Superintendencia de Notariado y Registro, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978, y el artículo 34 del Decreto 2157 de 1992, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1669 de 1997, mediante el cual ordenó la supresión y fusión de unas dependencias de la Superintendencia de Notariado y Registro, estableciendo su nueva estructura; Que el artículo 11 del citado Decreto 1669 de 1997, determinó la supresión por parte del Gobierno Nacional de empleos que conforman la División Legal de Registro del Estado Civil de las personas, los cargos de la Dirección Administrativa del Registro de Instrumentos Públicos y sus Divisiones que no sean necesarias para el cumplimiento de las nuevas funciones asignadas a la Secretaría General; Que la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro fue aprobada mediante Decreto 1856 de 1997: En consecuencia, ACUERDA: Artículo 1º. De conformidad con lo ordenado en el artículo 11 el Decreto 1669 de 1997 suprímense de la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro, establecida mediante Decreto 1856 de 1997, los empleos que se relacionan a continuación: No. De Cargos Denominación Código Grado 1 Director de la Superintendencia 0105 17 3 jefe de División 2040 22 1 Profesional Especializado 3010 15 2 Profesional Universitario 3020 13 1 Técnico Administrativo 4065 16 2 Técnico Administrativo 4065 14 2 Secretario Ejecutivo 5040 19 4 Secretario Ejecutivo 5040 16 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 17 total (empleos suprimidos). Artículo 2º. Los empleados públicos de carrera, desvinculados de la Superintendencia de Notariado y Registro, como consecuencia de la supresión de los empleos que desempeñan, tendrán derecho a la indemnización consagrada en el artículo 8º de la Ley 27 de 1992, el Decreto Reglamentario 1223 de 1993 y el Decreto 2311 de 1997 y las demás disposiciones que los modifiquen, sustituyan y adicionen. Artículo 3º. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de la publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe, y deroga en lo pertinente el Acuerdo número 003 de 1997. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 22 de octubre de 1997. La Presidente, (Fdo.) Almabeatriz Rengifo López. La Secretaria, (Fdo.) Herminia Bitar de Montes».

Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Modifica En Lo Pertinente Al Decreto 1856 Del 23 De Julio De 1997 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente al Decreto 1856 del 23 de julio de 1997 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con el Decreto-ley 1669 de 1997
La Ministra de Justicia y del Derecho
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director Departamento Administrativo de la Función Pública