Micelio

decreto 3064 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que en el año de 1956 se cumple el IV centenario de la muerte de San Ignacio de Loyola

Considerando · 4 motivos

Que en el año de 1956 se cumple el IV centenario de la muerte de San Ignacio de Loyola;

Que San Ignacio de Loyola fue el fundador de la compañía de Jesús, tan benemérita de la cultura cristiana en Colombia por sus misiones en los ríos del Sur y en los llanos de Casanare, por haber educado casi todo el clero secular durante la Colonia y muchas generaciones de ciudadanos ilustres así en los tiempos coloniales como en el último siglo de vida independiente;

Que San Ignacio fue asimismo el autor de los ejercicios espirituales que tanto bien han causado en los hogares católicos de nuestra Patria;

Que en esta capital está en construcción el Hospital de San Ignacio, necesario para la Facultad de Medicina de la Pontificia Universidad Católica Javeriana, y para que el Gobierno pueda realizar sus campañas de salud pública;

Artículo 1

Artículo primero. La Nación colombiana se asocia a la celebración del IV centenario de la muerte de San Ignacio de Loyola.

Artículo 2

Artículo segundo. El Gobierno dará un auxilio de tres millones de pesos para contribuir a la terminación del Hospital de San Ignacio. El Gobierno queda autorizado para realizar las operaciones presupuéstales que fueren necesarias a fin de que el presente Decreto tenga su debido complimiento.

Artículo 3

Artículo tercero. A la entrada del Hospital se hará un monumento a San Ignacio de Loyola, y se grabará en su pedestal el presente Decreto.

Artículo 4

Artículo cuarto. Este Decreto rige desde su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de. Comunicaciones, encargado del Ministerio de Agricultura
El Ministro de Obras Públicas