en uso de sus facultades legales, y en desarrollo de los Decretos números 1637 y 1678 de 1960
Artículo 1
Artículo primero. Incorporarse dentro de la Nomenclatura Escala de Sueldos establecida por el Decreto 1678 de 1960 los siguientes cargos del Ministerio ele Educación Nacional: Rama Administrativa División de Presupuesto Sección ese Pagaduría.
Artículo 2
Artículo segundo. De acuerdo con lo previsto en el Decreto número 221 fiel 2 de febrero de 1961, el personal de la planta establecido por el presente Decreto podrá ser modificado en base de estudios posteriores de la División de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Públicos en coordinación con la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública y el Departamento Administrativo del Servicio Civil.
Artículo 3
Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición, pero surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos sesenta y uno (1961). Comuníquese y publíquese.