Artículo 1
Articulo primero . Para que realice los estudios indispensables sobre la celebración del Campeonato Mundial de Fútbol de 1986 en Colombia y entregue al Gobierno Nacional el informe respectivo, créase la Comisión .Nacional de Evaluación del Campeonato Mundial de Fútbol para 1986.
Artículo 2
Artículo segundo. La Comisión que se crea por el artículo anterior, estará integrada de la siguiente manera
El Ministro de Educación Nacional o su representante, quien la presidirá;
El señor Ministro de Relaciones Exteriores o su representante;
El señor Ministro de Hacienda y Crédito Público o su representante;
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su representante;
El Director General del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte o su representante;
El Gerente de la Corporación Nacional de Turismo o su representante;
E1 Presidente del Comité Olímpico Colombiano o su representante;'
Un representante personal del Presidente de la República;
Un representante de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporté;
Tres representantes de la Federación Colombiana de Fútbol.
Artículo 3
Artículo tercero. Para el cumplimiento de sus funciones la Comisión solicitará informes y colaboración de las entidades públicas y privadas que estime necesario.
Artículo 4
Artículo cuarto. El Instituto, Colombiano de la Juventud y el Deporte atenderá la Secretaría Ejecutiva de la Comisión.
Artículo 5
Artículo quinto. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.