El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Además de las funciones que se le señalaron por Decreto 0534 de 1959, el doctor Próspero Carbonell, Consejero del Presidente de la República, actuará, conjuntamente con el Consejero doctor José Gómez Pinzón, como Coordinador de las actividades de la Comisión Especial de Rehabilitación, creada por Decreto 1718 de 1958. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario General, Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República