Micelio

decreto 1651 de 1988

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que la Sociedad Antioqueña de Ingenieros cumple setenta y cinco (75) años de existencia

Considerando · 3 motivos

Que la Sociedad Antioqueña de Ingenieros cumple setenta y cinco (75) años de existencia;

Que a lo largo de estos años la citada sociedad se ha distinguido como eficaz cuerpo consultivo del Gobierno en la programación y ejecución de las obras públicas de Antioquia; Que, así mismo, se ha distinguido en la defensa de la profesión de la ingeniería y por haber acrecentado la calidad profesional de quienes se dedican a tan noble profesión;

Que es deseo del Gobierno Nacional el reconocer y exaltar los méritos y beneficios que la Sociedad Antioqueña de Ingenieros ha desarrollado para el provecho del país;

Artículo 1Confiérese La Orden Nacional Al Mérito En El Grado De Cruz De Plata A La Sociedad Antioqueña De Ingenieros

° Confiérese la Orden Nacional al Mérito en el grado de Cruz de Plata a la Sociedad Antioqueña de Ingenieros.

Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
El Secretario General de la Presidencia de la República, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores