Micelio

decreto 696 de 1921

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Artículo 1

Artículo único. Apruébase y adóptase para el servicio del Ejército, la Libreta de servicio militar , presentada por el Ministerio de Guerra.

Parágrafo

De la expresada libreta se hará una edición de diez y ocho mil ejemplares. Publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra