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decreto 4049 de 2007

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Departamento Nacional de Planeación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable

Considerando · 2 motivos

Que el Departamento Nacional de Planeación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable;

Que el Departamento Nacional de Planeación, para efectos de modificar su planta de personal cuenta con concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Artículo 1

°. Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación: PLANTA DESPACHO DEL DIRECTOR N° Cargos Denominación del Empleo Código Grado 1 (Uno) Asesor 1020 14 PLANTA GLOBALIZADA N° Cargos Denominación del Empleo Código Grado 1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 15 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 13 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 15

Artículo 2

°. Créanse en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación los siguientes cargos: PLANTA DESPACHO DEL DIRECTOR N° Cargos Denominación del Empleo Código Grado 1 (Uno) Asesor 1020 16 PLANTA GLOBALIZADA N° Cargos Denominación del Empleo Código Grado 1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 16 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 17

Artículo 3

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 196 de 2004 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
La Viceministra General de Hacienda encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Subdirector General encargado de las funciones del Despacho de la Directora General Departamento Nacional de Planeación
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública