El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 9° del Decreto número 3505, de diciembre 29 de 1962
Artículo 1, Ordinal A), Para Sueldos De Personal De Nómina Del Teatro Colón
Artículo primero. Disminuyese en veinticinco mil pesos ($ 25.000.00) moneda comente, la partida apropiada por el Decreto número 930 de 1963, Capítulo 1218, artículo 12424, ordinal a), para sueldos de personal de nómina del Teatro Colón.
Artículo 2, Teatro Colón
Artículo segundo. La suma disminuida por el artículo anterior, se distribuye así: Capítulo 1218, financiamiento a cargo del Ministerio, Programa III, financiamiento de establecimientos dependientes, artículo 12424, Teatro Colón. Gastos generales: e) Materiales y suministros $ 25.000.00 Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional