Artículo 1Los Despachos Radiotelegráficos Depositados En Cualquier Oficina Telegráfica O Radiotelegráfica Nacional, Destinados A Los Países Que En Seguida Se Expresan, Vía Brasil, Causarán Los Siguientes Portes En Francos Oro: Argentina 1
° Los despachos radiotelegráficos depositados en cualquier Oficina Telegráfica o Radiotelegráfica Nacional, destinados a los países que en seguida se expresan, vía Brasil, causarán los siguientes portes en francos oro: Argentina 1.20 Bolivia 1.20 Brasil 0.80 Chile 1.20 Paraguay 1.20 Uruguay 1.50
Artículo 2Los Mensajes De Prensa Destinados Al Brasil Causarán Un Porte De Veinte (0,20) Centavos De Franco Oro Por Palabra
° Los mensajes de prensa destinados al Brasil causarán un porte de veinte (0,20) centavos de franco oro por palabra.
Artículo 3Los Mensajes Destinados Al Brasil Y Que Cursaren Por Los Hilos De La Amazon Telégraph, Causarán Un Porte Adicional Que Es El Correspondiente A Dicha Empresa
° Los mensajes destinados al Brasil y que cursaren por los hilos de la Amazon Telégraph, causarán un porte adicional que es el correspondiente a dicha Empresa. Comuníquese, notifíquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra, encargado del Ministerio de Correos y Telégrafos
Alberto Pumarejoencargado