Micelio

decreto 546 de 2003

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades, que le confieren el numeral 14 artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con concepto de la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Cré

Considerando · 2 motivos

Que el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con concepto de la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;

Que en el Consejo Directivo en la sesión del 23 de octubre de 2002, se debatió la propuesta de supresión de cargos vacantes de la planta de personal y determinó presentarla al Gobierno Nacional para su aprobación;

Artículo 1Suprímense Los Siguientes Cargos Vacantes De La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Instituto Geográfico "agustín Codazzi"

°. Suprímense los siguientes cargos vacantes de la Planta de Personal de empleados públicos del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi". Número cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado PLANTA GLOBAL 10 (diez) Técnico Científico 4 (cuatro) Técnico Operativo 4080 08 1 (uno) Técnico Operativo 4080 09 1 (uno) Técnico Operativo 4080 11 5 (cinco) Auxiliar Administrativo 5120 11 3 (tres) Auxiliar Administrativo 5120 10 1 (uno) Conductor Mecánico 5310 11 4 (cuatro) Conductor Mecánico 5310 09 2 (dos) Auxiliar de Servicios Generales 5335 09

Artículo 2

º . El presente decreto rige a partir de la fecha, de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 1009 de 1993 y 2623 de 1997 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades, que le confieren el numeral 14 artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública