en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Transporte, presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública y viabilidad presupuestal de la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y C
Considerando · 1 motivo
Que el Ministerio de Transporte, presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública y viabilidad presupuestal de la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
Artículo 1
º . Las funciones propias de las distintas dependencias del Ministerio de Transporte, serán cumplidas por la siguiente Planta de Personal: Nº de cargos Dependencia y denominación del Empleo Código Grado Despacho del Ministro 1 (Uno) Ministro 0005 5 (Cinco) Asesor 1020 16 10 (Diez) Asesor 1020 14 5 (Cinco) Asesor 1020 12 3 (Tres) Asesor 1020 08 2 (Dos) Profesional Universitario 3020 12 1 (Uno) Profesional Universitario 3020 10 1 (Uno) Técnico Administrativo 4065 12 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 21 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 20 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5040 18 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 13 2 (Dos) Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro 5230 24 3 (Tres) Conducto Mecánico 5310 19 5 (Cinco) Conductor Mecánico 5310 15 Despacho de la Comisión de Regulación del Transporte 3 (Tres) Experto de Comisión Reguladora 0090 Despacho del Viceministro 1 (Uno) Viceministro 0020 7 (Siete) Asesor 1020 13 2 (Dos) Asesor 1020 08 3 (Tres) Asesor 1020 05 2 (Dos) Asesor 1020 04 1 (Uno) Profesional Especializado 3010 18 3 (Tres) Profesional Universitario 3020 06 2 (Dos) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 23 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5040 20 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 5120 13 2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 19 4 (Cuatro) Conductor Mecánico 5310 15 Planta Global 1 (Uno) Secretario General de Ministerio 0035 22 20 (Veinte) Director Territorial 0042 17 6 (Seis) Director Técnico 0100 19 1 (Uno) Jefe de Oficina 0137 17 5 (Cinco) Subdirector Operativo 0150 18 1 (Uno) Subdirector Administrativo 0150 18 1 (Uno) Subdirector Administrativo y Financiero 0150 18 5 (Cinco) Asesor 1020 08 1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 13 1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 13 25 (Veinticinco) Profesional Especializado 3010 20 35 (Treinta y cinco) Profesional Especializado 3010 18 65 (Sesenta y cinco) Profesional Especializado 3010 16 55 (Cincuenta y cinco) Profesional Universitario 3020 14 65 (Sesenta Y Cinco) Profesional Universitario 3020 12 40 (Cuarenta) Profesional Universitario 3020 10 16 (Dieciséis) Profesional Universitario 3020 08 20 (Veinte) Profesional Universitario 3020 06 25 (Veinticinco) Profesional Universitario 3020 05 1 (Uno) Analista de Sistemas 4005 16 6 (seis Analista de Sistemas 4005 15 59 (cincuenta y nueve) Técnico Administrativo 4065 12 66 (Sesenta y seis) Técnico Administrativo 4065 11 3 (Tres) Técnico Operativo 4080 12 4 (Cuatro) Técnico Operativo 4080 10 4 (Cuatro) Secretario Ejecutivo 5040 21 9 (Nueve) Secretario Ejecutivo 5040 20 4 (Cuatro) Secretario Ejecutivo 5040 18 29 (Veintinueve) Secretario Ejecutivo 5040 16 3 (Tres) Auxiliar Administrativo 5120 23 4 (Cuatro) Auxiliar Administrativo 5120 22 22 (Veintidós) Auxiliar Administrativo 5120 20 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 18 3 (Tres) Auxiliar Administrativo 5120 16 69 (Sesenta y nueve) Auxiliar Administrativo 5120 13 45 (Cuarenta y cinco) Auxiliar Administrativo 5120 11 45 (Cuarenta y cinco) Secretario 5140 13 11 (Once) Secretario 5140 11 29 (Veintinueve) Secretario 5140 10 26 (Veintiséis) Operario Calificado 5300 11 2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 19 22 (Veintidós) Conductor Mecánico 5310 15
Artículo 2
º . El Ministro de Transporte, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 3
º . La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 1º del presente decreto, se efectuará dentro de los 60 días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.
Artículo 4
º . Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto 1572 de 1998 modificado por el Decreto 2504 de 1998.
Artículo 5
º . Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en la Ley 443 de 1998, y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el decreto 1568 de 1998.
Artículo 6
º . El empleo de Subdirector Administrativo código 0150 grado 18 asignado a la Subdirección de Recursos Humanos y el empleo de Subdirector Administrativo y Financiero, código 0150 grado 18 asignado a la Subdirección Administrativa y Financiera, que se establecen en la planta global del presente decreto, tendrán vigencia hasta el 1º de febrero del año 2001, fecha en la cual se entenderán suprimidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Decreto 101 de 2000.
Artículo 7
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 2665 de 1993, 1170 de 1996 y 1565 de 1998 y demás disposiciones que le sean contrarias.