Artículo 1Adiciónase El Presupuesto De Ingresos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal De 1974 En La Cantidad De $ 3
º Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1974 en la cantidad de $ 3.000.000.00 (tres millones de pesos moneda corriente), según el siguiente detalle:
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional De La Vigencia Fiscal De 1974 En La Cantidad De $ 3
° Con base en el recurso de que trata el Artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de la Vigencia fiscal de 1974 en la cantidad de $ 3.000.000.00 (tres millones de pesos moneda corriente) de acuerdo con la siguiente ditribución: AQUÍ VA PDF DIARIO 34250 (TABLA DE PERSUPUESTO) ADJUNTO. PAG. 15.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas