Artículo 1
Artículo único. Ejecútese como ley de la República el Tratado de Extradición entre Colombia y Cuba, que recibió la aprobación del Congreso de Colombia por medio de la Ley número 16 de 1932.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores