en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que el Decreto número 1761 de 1955, por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de la Escuela Superior de Orientación Rural, ordena otorgar el título de "Técnicas en Orientación Rural" a las alumnas que hayan cumplido los requisitos exigidos en el citado Decreto
Considerando · 3 motivos
Que el Decreto número 1761 de 1955, por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de la Escuela Superior de Orientación Rural, ordena otorgar el título de "Técnicas en Orientación Rural" a las alumnas que hayan cumplido los requisitos exigidos en el citado Decreto;
Que los programas de materias intelectuales, y especialmente los de prácticas, tienen como objetivo principal el de especializar maestras graduadas en todo lo relacionado con la Educación Fundamental, a fin de darles una preparación que las capacite para ampliar considerablemente el radio de acción de la zona de influencia de la Escuela, y;
Que el título de "Técnicas en Orientación Rural", no corresponde exactamente ni a la enseñanza que se imparte en la citada Escuela, ni a las finalidades que se persiguen;
Artículo 1
Artículo primero . El Ministerio de Educación Nacional otorgará el título de "Especialistas en Educación Fundamental", a las alumnas egresadas a la Escuela Superior de Orientación Rural Femenina, que hayan cumplido los requisitos exigidos en el Decreto número 1761 de 1955.
Artículo 8Del Decreto Número 1761 De 1955
Artículo segundo . Derógase el artículo 8° del Decreto número 1761 de 1955.
Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.