Micelio

decreto 3058 de 1959

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que el Decreto número 1761 de 1955, por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de la Escuela Superior de Orientación Rural, ordena otorgar el título de "Técnicas en Orientación Rural" a las alumnas que hayan cumplido los requisitos exigidos en el citado Decreto

Considerando · 3 motivos

Que el Decreto número 1761 de 1955, por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de la Escuela Superior de Orientación Rural, ordena otorgar el título de "Técnicas en Orientación Rural" a las alumnas que hayan cumplido los requisitos exigidos en el citado Decreto;

Que los programas de materias intelectuales, y especialmente los de prácticas, tienen como objetivo principal el de especializar maestras graduadas en todo lo relacionado con la Educación Fundamental, a fin de darles una preparación que las capacite para ampliar considerablemente el radio de acción de la zona de influencia de la Escuela, y;

Que el título de "Técnicas en Orientación Rural", no corresponde exactamente ni a la enseñanza que se imparte en la citada Escuela, ni a las finalidades que se persiguen;

Artículo 1

Artículo primero . El Ministerio de Educación Nacional otorgará el título de "Especialistas en Educación Fundamental", a las alumnas egresadas a la Escuela Superior de Orientación Rural Femenina, que hayan cumplido los requisitos exigidos en el Decreto número 1761 de 1955.

Artículo 8Del Decreto Número 1761 De 1955

Artículo segundo . Derógase el artículo 8° del Decreto número 1761 de 1955.

Parágrafo

Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República