en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Relaciones Exteriores presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el Estudio Técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, para ef
Considerando · 2 motivos
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el Estudio Técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, para efectos de modificar la Planta de Personal, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto favorable.
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal.
Artículo 1Suprímense En La Planta De Personal Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Los Siguientes Cargos:
°. Suprímense en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos:
Artículo 2Créanse En La Planta De Personal Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Los Siguientes Cargos:
°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos:
Artículo 3El Ministro De Relaciones Exteriores, Distribuirá Los Cargos De La Planta Global A Que Se Refiere El Artículo 2° Del Presente Decreto Mediante Acto Administrativo Y Ubicará El Personal Teniendo En Cuenta La Organización Interna, Las Necesidades Del Servicio, Los Planes Y Los Programas De La Entidad
°. El Ministro de Relaciones Exteriores, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y los programas de la Entidad.
Artículo 4El Ministro De Relaciones Exteriores Proveerá Los Empleos Creados En El Presente Decreto, De Acuerdo Con Las Disposiciones Legales Vigentes
°. El Ministro de Relaciones Exteriores proveerá los empleos creados en el presente decreto, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Artículo 5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto Número 3358 De 2009
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 3358 de 2009.