Micelio

decreto 1160 de 1984

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Artículo 1A Partir Del 1º De Octubre De 1984, Suprímese El Cargo De Canciller 7 Pa, En El Consulado De Colombia En San Diego, California (Estados Unidos De América), Con Una Asignación Mensual De Novecientos Veinte Dólares (Us$ 923

º. A partir del 1º de octubre de 1984, suprímese el cargo de Canciller 7 PA, en el Consulado de Colombia en San Diego, California (Estados Unidos de América), con una asignación mensual de novecientos veinte dólares (US$ 923.00), ocupado por la señora Francia Helena Hidalgo de Varón.

Artículo 2A Partir De La Misma Fecha, Extiéndese La Jurisdicción Del Consulado De Colombia En Los Angeles, California (Estados Unidos De América), A Los Estados De Arizona, Nuevo México Y La Parte Baja Del Estado De California, De Los Angeles Hacia La Frontera Con México

º. A partir de la misma fecha, extiéndese la jurisdicción del Consulado de Colombia en Los Angeles, California (Estados Unidos de América), a los Estados de Arizona, Nuevo México y la parte baja del Estado de California, de Los Angeles hacia la frontera con México.

Artículo 3A Partir Del 1º De Octubre De 1984, Créase En El Consulado De Colombia En Los Angeles, California (Estados Unidos De América), El Cargo De Canciller 7 Pa, Con Una Asignación Mensual De Novecientos Veinte Dólares (Us$ 920

º. A partir del 1º de octubre de 1984, créase en el Consulado de Colombia en Los Angeles, California (EStados Unidos de América), el cargo de Canciller 7 PA, con una asignación mensual de novecientos Veinte dólares (US$ 920.00).

Artículo 4Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

º. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 5Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.