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decreto 1317 de 1994

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992

Artículo 1º

º . Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 24/06/1994 – 19/10/2021

Artículo 1 º . Aclarase el Decreto 1046 de mayo 24 de 1994, en el sentido de que el cargo de Agregado Aeronáutico, con categoría de Consejero de la Delegación de Colombia ante la Organización de Aviación Civil Internacional -OACI-, fue creado mediante el citado Decreto en la planta de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. Afecta la vigencia de: Aclara DECRETO 1046 de 1994

Artículo 2º

º . Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 24/06/1994 – 19/10/2021

Artículo 2 º . Para todos los efectos pertinentes el cargo de Agregado Aeronáutico, con categoría de Consejero, se regirá de conformidad con el Decreto-ley 10 de 1992.

Artículo 3º

º . Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 24/06/1994 – 19/10/2021

Artículo 3 º . El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
El Viceministro de América y Soberanía Territorial, encargado de las funciones del despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Transporte
El Ministro de Hacienda y Crédito Público