Micelio

decreto 120 de 1957

2 artículos · lectura continua

Considerando · 2 motivos

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto legislativo número 0102 de 1957, por medio del cual se establecieron normas sobre precios de los artículos de primera necesidad;

Que es necesario que dichas normas tengan vigencia inmediata en razón del desajuste observado en los precios de los artículos de primera necesidad, y que es conveniente que los funcionarios autorizados para hacer efectivas las sanciones por la infracción de dichas normas procedan a cumplir las funciones que allí se les asignan;

Artículo 1

Artículo primero. El Decreto legislativo número 0102 del 7 de junio de 1957 rige a partir de la fecha del presente Decreto.

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra, encargado
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas