Micelio

decreto 523 de 1978

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el Decreto-ley 2554 de 1973 y el Decreto número 540 de 1977, decreta: Artículo 1° Apruébase el Acuerdo 0024 de octubre 20 de 1977, emanado de la Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena y cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 0024 DE 1977 (octubre 20) por medio del cual se adiciona la Planta de Personal -de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena. La Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercia

Artículo 1Apruébase El Acuerdo 0024 De Octubre 20 De 1977, Emanado De La Junta Directiva De La Zona Franca Industrial Y Comercial De Cartagena Y Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 0024 De 1977 (Octubre 20) Por Medio Del Cual Se Adiciona La Planta De Personal -De La Zona Franca Industrial Y Comercial De Cartagena

° Apruébase el Acuerdo 0024 de octubre 20 de 1977, emanado de la Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena y cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 0024 DE 1977 (octubre 20) por medio del cual se adiciona la Planta de Personal -de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena. La Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena, en uso de -sus atribuciones legales y reglamentarias según consta en el Acta número 008 de septiembre 5 de 1977, ACUERDA:

Artículo 2

Artículo primero. Adiciónese la Planta de Personal fijada mediante Acuerdo número 0007 de 1976 con los siguientes cargos: Gerencia General. N° de cargos Denominación de empleo Clase Grado 1 Coordinador II 16 Subgerencia de Operaciones Comerciales 1 Asistente de Comercio Exterior II 11 1 Almacenista III 11 2 Mecanógrafo VI 7 6 Celador V 6 2 Revisor de Documentos II 6 2 Auxiliar de Servicios Generales VI 6 1 Revisor de Documento I 5 Subgerencia Administrativa y Financiera 1 Auxiliar de Contabilidad III 9 1 Kardixta IV 8 2 Mecanógrafo VI 7 2 Auxiliar de Servicios generales IV 4 Subgerencia Técnica 1 Dibujante II 15 1 Ayudante de Ingeniería IV 10 3 Auxiliar de Topografía II 6 Subgerencia de Desarrollo Social 2 Trabajadora social II 15 1 Ayudante Trabajo Social V 6

Artículo 3

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por parte del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Cartagena, a los20 días de1 mes de octubre de 1977.

(Fdo.), Guillermo Uribe Presidente Junta Directiva.

(Fdo.), Luis Llamas Mendoza, Secretario".

Artículo 4

Artículo tercero. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por parte del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de. Su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Desarrollo Económico
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil