El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades legales que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
Artículo 1O
ARTICULO 1o. Deróganse en todas sus partes el contenido de los artículos 3o., 4o. y 5o. del Decreto 2431 de fecha 7 de diciembre de 1993.
Artículo 2O
ARTICULO 2o. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
Presidente de la República