Micelio

decreto 2386 de 1947

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El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que la Contraloría General de la República, a petición del Ministro de Hacienda y Crédito Público, ha certificado la existencia de un nuevo recurso fiscal por la cantidad de $ 100.000, proveniente de los posibles mayores ingresos en el presente año, por concepto del renglón correspondiente a los productos del Laboratorio Nacional de Higiene "Samper & Martínez", en oficio número 14020, de fecha 16 de julio en curso

Considerando · 2 motivos

Que la Contraloría General de la República, a petición del Ministro de Hacienda y Crédito Público, ha certificado la existencia de un nuevo recurso fiscal por la cantidad de $ 100.000, proveniente de los posibles mayores ingresos en el presente año, por concepto del renglón correspondiente a los productos del Laboratorio Nacional de Higiene "Samper & Martínez", en oficio número 14020, de fecha 16 de julio en curso; y;

Que tanto el Consejo de Ministros como el Consejo de Estado han impartido su aprobación y expresado su concepto favorable a la apertura de un crédito al Presupuesto vigente por igual valor;

Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Líquidos Del Presupuesto Nacional De Rentas Y Recursos Del Tesoro De La Nación, Para El Año Fiscal De 1º De Enero A 31 De Diciembre De 1947, En La Cantidad De Cien Mil Pesos ($ 100

º Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto Nacional de Rentas y recursos del Tesoro de la Nación, para el año fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre de 1947, en la cantidad de cien mil pesos ($ 100.000) moneda corriente, conforme al siguiente pormenor: CAPÍTULO 3º Rentas de Destinación Especial. Numeral 71. Producto del Laboratorio Nacional de Higiene "Samper & Martínez" 100.000

Artículo 2Con Base En Los Nuevos Ingresos De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto Vigente: Ministerio De Higiene Capítulo 45

º Con base en los nuevos ingresos de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto vigente: MINISTERIO DE HIGIENE Capítulo 45. Artículo 491. Para jornales y materias primas del Laboratorio Nacional de Higiene "Samper & Martínez" 100.000

Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

º El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y Publíquese

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público