Artículo 1
Hócense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
Artículo 428Para Alimentación, Lavado Y Peluquería Del Personal En El Año $ 550
Artículo primero. Hócense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 53 Ministerio y Ejército. Del artículo 428. Para alimentación, lavado y peluquería del personal en el año $ 550.000.00 CAPITULO 45 Armada Nacional. Del artículo 478. Para sueldos, sobresueldos, profesorado, jinetas, jornales y primas de toda clase, en el año 30.000.00 Del artículo 479. Para alimentación, lavado y peluquería del personal, en el año 75.000.00 Del artículo 483. Para adquisición de munición con destino a las unidades, en el año 301.200.00 Del artículo 488. Para combustibles, grasas y lubricantes, en el año 46.320.06 Suman los contracréditos $ 1.002.520.06 CAPITULO 43 Ministerio y Ejército. Al artículo 427. Para sueldos, sobresueldos profesorado, jornales, primas de toda clase y gastos de representación del Ministro, Generales y Comandantes de Brigada, en el año $ 120.000.00 Al artículo 430. Para adquisición y conservación de materiales y aseguro de los mismos y de dineros, en el año 170.000.00 Al artículo 454. Para arrendamientos y servicios de agua, luz, energía eléctrica, teléfonos y comunicaciones, en el año 20.000.00 CAPITULO 45 Armada Nacional. Al artículo 480. Para vestuario y equipo del personal, en el año 135.000.00 Al artículo 482. Para construcción de nuevos edificios e instalaciones en tierra, en el año 302.081.98 Al artículo 493. Para gastos reservados extraordinarios e imprevistos y saldos anteriores a esta-vigencia, distinto de prestaciones sociales, en el año 14.838.08 CAPITULO 46 Gastos Varios. Al artículo 499. Para atender al pago de la Prima de Navidad, Ley 45 de 1945 y Decreto legislativo número 3564 de 1950, al personal militar, empleados y obreros dependientes del ministerio de Guerra, en el año $ 240.000.00 Suman los créditos $ 1.002.520.06
Artículo 2
Artículo segundo. El presento Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.