Artículo 1
Artículo único. Cédense al Estado soberano de Cundinamarca, para la construccion de una penitenciaria, cuatro hectaras de tierras de las correspondientes a bienes desamortizados, en el punto que el Gobierno de Cundinamarca designe de las del alto de San Diego, en la ciudad de Bogotá.
Firmas
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Union
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional